“La ley de turismo tiene por objeto el desarrollo integral, el fomento, la planificación, la promoción, la optimización de la calidad y la regulación de la actividad turística y del recurso turístico, así como también, la creación, conservación, mejora, protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos” dijo el senador, Sergio Flinta.
La ley prevé la creación de un concejo del turismo y un Fondo Provincial de Turismo que tendrá por finalidad atender a los requerimientos financieros que demande la ejecución de la política turística provincial y el cumplimiento de los deberes y facultades de la Autoridad de Aplicación.
En el capitulo VI articulo 32 de la ley se establece la aplicación del turismo social en la provincia. implementará acciones e instrumentos que aseguren el derecho social al turismo como actividad recreativa y de descanso, en condiciones adecuadas de economía, seguridad y comodidad, a todos los sectores de la sociedad, especialmente aquellos menos favorecidos económicamente.
A los fines establecidos en el artículo anterior, la Autoridad de Aplicación elaborará planes y promoverá la prestación de servicios turísticos por sí, o mediante acuerdos con los prestadores de servicios turísticos inscriptos en el Registro referido en el artículo 22 de la presente Ley, así como también con empresas y/u organizaciones públicas o privadas en los casos en que ello resulte necesario.
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