lunes, 24 de octubre de 2011

Recomendaciones la Subsecretaría de Turismo para la habilitación de playas y balnearios

CONCIENTIZACIÓN PARA ESTA TEMPORADA DE VERANO

 

 

La Subsecretaría de Turismo, dependiente del Ministerio de la Producción, Trabajo y Turismo de la Provincia de Corrientes, ante las altas temperatura reinantes en la región Litoral, y en el territorio provincial informa a las Direcciones y Secretarías de Turismo de los municipios, a clubes y privados con instalaciones para tales fines y a las comunidades locales ubicadas sobre ríos o próximos a lagunas, que se deben extremar las precauciones necesarias para la "habilitación de playas y balnearios", en virtud de que aún no se han habilitados los mismos.

 

En el mes de septiembre se han enviado a todos los municipios recomendaciones vinculadas a la necesidad de planificar con anticipación las temporadas de verano, en condiciones de "calidad de seguridad".

 

En consecuencia, se recomienda extremar los sistemas de control en playas y balnearios no habilitados y realizar las consultas que correspondan al Instituto Correntino del Agua, a Prefectura Naval Argentina, a los respectivos municipios y a la Subsecretaría de Turismo de la Provincia de Corrientes, a través de la Dirección de Desarrollo de la Oferta Turística y el Departamento Legal y de Fiscalización de Servicios Turísticos.

 

La Provincia ha asumido el compromiso de realizar acciones que se encuadren en lo que se denomina Sistema Argentino de Calidad Turística – SACT – y en este sentido, se enuncian algunas directrices que se recomienda sean cumplidas por los municipios y los concesionarios, al momento de dar la habilitación a playas y balnearios.

 

1-   Directrices referidas a la infraesctructura y servicios básicos.

2-   Directrices referidas a la seguridad.

3-   Directrices referidas al personal.

4-   Directrices referidas a la informacion y educación ambiental.

 

 

1. DIRECTRICES REFERIDAS A LA INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS BÁSICOS

 

1.   Realizar acciones para garantizar la preservación del paisaje y la calidad ambiental de las Playas y Balnearios a habilitar.

 

1.2 – Estructura Edilicia en Playas y Balnearios

1.   Definir qué intervenciones se han realizado con relación a los elementos constitutivos de la infraestructura (p. ej.: con relación a la estructura edilicia construida)

2.   Las construcciones deben ser  proyectadas con criterios de: máximo aprovechamiento de superficies cubiertas (p.ej.: concentración de unidades de sanitarios y cocinas, evitar espacios residuales o sin uso específico, etc.);

3.   Proyectar sistemas constructivos que puedan ser removibles o reciclables (p.ej.: estructuras desmontables, materiales reutilizables, estructuras no fijas, etcétera);

4.   Prevéer sistemas de mejoramiento de las instalaciones (p.ej.: provisión de sistemas de corte automático en grifos, sistemas alternativos para calentamiento de agua, sistemas y materiales eléctricos de bajo consumo, etcétera);

5.   Tomar en cuenta la racionalización de sistemas de desagües y contaminantes (p.ej.: filtros o plantas de tratamiento de desagües cloacales, de cocina y baños, sistemas de tratamiento en conductos de evacuación de gases y humos, acopio de residuos, etcétera);

6.   Minimizar las superficies cubiertas, no modificación del perfil topográfico por movimiento de tierra o fijación de dunas o nivelación de suelos, no alteración de cursos naturales de agua, utilización de sistemas constructivos no agresivos al medio tanto para construir como para absorber desechos, etcétera.

      En balnearios en proceso de consolidación:

7.   Contemplar en el proyecto la revisión de las obras en ejecución

8.   Sustituir los materiales obsoletos no reciclables por materiales reciclables, suprimiendo la generación de productos contaminantes

      En balnearios consolidados:

9.   Elaborar un plan de obras para redistribuir las áreas de uso y sustituir los materiales obsoletos no reciclables por materiales reciclables, suprimiendo la generación de productos efectiva o potencialmente contaminantes

 

1.3 Entorno Inmediato

1.   Respetar las cualidades naturales preexistentes (p.ej.: no se ha modificado la topografía de origen, la parquización propuesta no arremete a la flora original, las intervenciones realizadas prevén la posibilidad de desmonte o recicle, etcétera).

      En balnearios en proceso de consolidación:

2.   Dar  evidencia de un programa de adecuación de las áreas comprometidas para la reestructuración de las áreas de uso en vistas de la recuperación y puesta en valor del recurso natural

3.   Aplicación de directrices de calidad para la gestión y uso turístico de balnearios y playas.

      En balnearios consolidados:

4.   Dar evidencia de un plan de adecuación para las áreas comprometidas procurando la recuperación y puesta en valor del recurso natural

 

1.4 Áreas No Construidas

Se sugiere mantener sus características originales: En caso de intervenciones, enumerarlas y fundamentarlas)

Propuesta de  usos específicos para las mismas : Enumerarlos, describir su actividad y equipamiento.

 

1.5 Accesibilidad

Todos los usuarios del balneario deben gozar de las mismas condiciones de accesibilidad al medio físico

Se deben  desarrollar recursos específicos para tal fin (p.ej.: no diferencia espacios para clientes, para usuarios en general, bajadas y servicios adaptados, etcétera).

Desarrollar acciones en el balneario para adecuar la accesibilidad (p.ej.: acceso a la normativa específica, contactos con instituciones, capacitación del personal, etcétera.)

            Contar con instalaciones y equipamiento específicos identificables (p.e.: circulaciones, sanitarios, áreas de estacionamiento, etc.)

 

1.6. Señalética

            Debe contar con una Propuesta integral de información

En caso afirmativo:

1.   Descripción:  en qué consiste y qué información contiene

2.   Debe incluir señalización para personas con capacidad visual restringida : Accesibilidad Universal

3.   Utilización de  códigos accesibles y/o  internacionales

4.   Materiales

5.   Propuesta de elementos publicitarios

 

1.7 Servicios Básicos

El balneario debe disponer de:

1.   Sistema de comunicación telefónica, primeros auxilios, disposición de residuos

2.   Sanitarios de uso público diferentes de los arancelados (libre acceso)

3.   Sistema de limpieza y mantenimiento de la totalidad de las áreas propias, con disposición de residuos controlado, con limpieza y desinfección diaria de los contenedores

4.   Se debe verificar si los servicios básicos exigidos por la normativa de aplicación son suficientes en tipo y cantidad

 

2. DIRECTRICES REFERIDAS A LA SEGURIDAD

 

2.1 Instrumentación y Coordinación de la Seguridad

1.   Identificar los puntos críticos relacionados con los distintos aspectos relacionados con la seguridad en: zona de Balneario (p.ej., reconocimiento del tipo de playa, personal guardavidas necesario, horas pico de afluencia);

1.   En actividades náuticas.

2.   En usuarios.

3.   En personal (recursos humanos).

4.   En higiene alimentaria.

5.   En Instalaciones.

2.   Instrumentar ún plan de acción con los distintos actores que intervienen en la seguridad

                        1. Plan  documentado

                        2. De no estarlo se debe definir cómo se instrumenta

                        3. El personal debe recibir la debida capacitación antes de comenzar la temporada

3.   Verificar que el personal a cargo cuente con la correspondiente habilitación para desempeñar las tareas (p.ej., Organismo de Control: última reválida del personal guardavidas, libretas sanitarias etc.). Mantener un archivo de los mismos

 

2.2 Seguridad en Zona de Baño o Balneario

1.   Proveer al personal guardavidas de los elementos necesarios (p.ej.: equipamiento profesional y de comunicaciones: identificación, socorro, inmovilización y traslado de personas accidentadas) para el desarrollo de su labor

2.   Poseer cartelería indicativa con recomendaciones (p.ej.: código de señales sobre el estado del mar, horario de prestación del servicio de guardavidas, zonas de peligro por succión u otro) acerca de la seguridad del usuario

 

 

2.3 - Seguridad Náutica

1.   Definir ún programa de seguridad náutico asegurando la CAPACITACIÓN DEL PERSONAL HABILITADO y documentándolo.

2.   Instalar  CARTELERÍA ESPECÍFICA PARA USUARIOS Y NO USUARIOS sobre áreas, actividades y tipo de embarcaciones permitidas (Por ej: delimitación de la zona de entrada y salida, boyado reglamentario, actividades permitidas, restricciones vigentes, etcétera).

 

2.4 - Seguridad Náutica

1.   Instrumentar ún SERVICIO DE EMERGENCIAS MÉDICAS PARA  USUARIOS

2.   Instrumentar dentro del espacio concesionado algún plan que garantice la SEGURIDAD DE LOS BIENES DE LOS USUARIOS (p.ej.: seguros de responsabilidad civil, servicio de vigilancia propio, armarios con llave, demarcación de áreas exclusivas para clientes etcétera)

 

2.5 - Seguridad e Higiene Alimentaria en Areas de Servicios y Paradores

1.   Instrumentar  y documentar PROGRAMA DE CAPACITACIÓN ESPECÍFICA PARA EL PERSONAL HABILITADO

2.   Identificar correctamente las áreas relacionadas con la seguridad de los alimentos, (áreas de depósito, de refrigeración, manipulación de carnes, disposición de residuos, etc.) manteniendo un sistema de gestión de alimentos que asegure su inocuidad

 

2.6 Seguridad del Personal

1.   Definir, implementar y documentar un SISTEMA DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO

2.   Proveer al personal de los elementos y herramientas necesarios para cumplir la tarea

3.   Establecer un programa de entrenamiento del personal para el uso adecuado del equipamiento

4.   Identificar y señalar el EQUIPAMIENTO DE USO OBLIGATORIO EN LAS ÁREAS DE TRABAJO (áreas de alta tensión, sala de máquinas, zonas de duchas con piso resbaladizo, etc.)

 

2.7 Seguridad en las Instalaciones

1.   Instrumentar un SISTEMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES

2.   Comunicar a través de cartelería a los usuarios y al personal el uso correcto de las instalaciones, identificando las prevenciones y las restricciones pertinentes (p.ej.: alturas permitidas en áreas de juego, cantidad de usuarios simultáneos, áreas de acceso peatonal y vehicular, etcétera)

 

3. DIRECTRICES REFERIDAS AL PERSONAL

 

3.1 Descripción y Requisitos para cada puesto o función

1.   Establecer y documentar en el manual de aplicación los requisitos mínimos necesarios para los distintos puestos a ocupar, funciones a desarrollar por el personal, responsabilidad y autoridad correspondiente a cada puesto

2.   Identificar las exigencias para cada función ocupada en concordancia con los requisitos definidos para los distintos puestos incluyendo los requisitos legales y reglamentarios

3.   Establecer los requisitos mínimos de cada puesto (p. ej.: conocimientos específicos, certificados y títulos habilitantes cuando se requiera, habilidades y aptitudes, nivel educacional, etc.)

 

3.2 - Capacitación y Toma de Conciencia para el Personal

1.   Definir la capacitación necesaria para todo el personal:

a) Política de la calidad y ambiental

b) Responsabilidad y autoridad : Leyes y reglamentos aplicables al balneario

c) Conocimientos básicos sobre atractivos locales y oferta turística de la zona

d) Documentos y registros

e) Enfoque en el cliente. Pautas básicas de la atención al cliente y comunicación efectiva.

f) Instalaciones e infraestructura: uso, mantenimiento y manipulación,

g) Cuidados ambientales, uso de recursos, control de emisiones, manejo de residuos.

h) Presentación del personal. Apariencia e higiene personal.

i) Uso de equipos y máquinas que facilitan el desarrollo normal de las actividades en los puestos de trabajo.

j) Primeros auxilios.

k) Conocimientos específicos del puesto de trabajo y  requisitos legales.

2.   Establecer, programar y ejecutar la capacitación para el personal en funciones y para el ingresante

3.   Mantener registros de la capacitación programada (p.ej.: nómina de participantes que reciben la capacitación, nómina de los instructores, temas desarrollados, etcétera).

4.   Otorgar a los empleados los comprobantes de la capacitación recibida indicando las habilidades demostradas y desarrolladas

5.   Verificar que el personal conoce y acepta la responsabilidad y los requisitos establecidos

 

4. DIRECTRICES REFERIDAS A LA INFORMACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL

 

4.1 En cuanto a la Capacitación y Toma de Conciencia de los Usuarios y Turistas

1.   Establecer un temario mínimo para capacitar a usuarios y turistas en EDUCACIÓN AMBIENTAL

2.   Definir e  implementar un PROGRAMA DE CONCIENTIZACIÓN Y EDUCACIÓN MEDIOAMBIENTAL PARA USUARIOS Y TURISTAS (p.ej.: reglamento de uso de las instalaciones, modalidades de las actividades restringidas, recursos y servicios, horarios, normas de higiene y seguridad, principios para la conservación de los recursos naturales, etcétera)

3.   Definir la entrega de información – Folletería - para la concientización y educación ambientales a usuarios y turistas.

 

 

 


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